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- Publicado hace 1372 dias

Despachan al Senado aumento de sanciones por adulterar trazabilidad de la carne

Legislativo Despachan al Senado aumento de sanciones por adulterar trazabilidad de la carne
#294 | 16 de Diciembre del 2020
El texto aprobado por la Cámara eleva hasta 1.000 UTM la sanción aplicable por adulterar los datos en procesos de exportación, además de la prohibición temporal o perpetua de exportar al infractor.

Por 141 votos a favor,  la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en primer trámite, en general y en particular, la moción que modifica la Ley 19.162, para aumentar las sanciones a quienes adulteren o falsifiquen información en el sistema de trazabilidad del ganado y la carne (boletín 13.805). Con ello, la propuesta legal sigue su tramitación en el Senado.

La propuesta toma en consideración el aumento de las exportaciones de carne, desde 2018, principalmente a China. En tal plano, la iniciativa se fija como objeto evitar fraudes en los sistemas y mantener la seguridad y certeza en los mercados internacionales, al tiempo que propone aumentar las actuales multas que son muy bajas, a juicio de los autores de la moción, por el daño que estas conductas causan a otros productores y a la imagen país.

El proyecto modifica la Ley 19.162, de 1992, que establece un sistema obligatorio de clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura de sus carnes y regula el funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne.

En lo particular afecta al artículo 8° de la mencionada ley, que establece las sanciones a las infracciones sobre normas de salud animal en mataderos, clasificación de ganado, tipificación de sus canales y nomenclatura de corte, junto con el cambio, adulteración o eliminación de una tipificación o nomenclatura en el proceso de comercialización.

El texto aumenta el máximo de la multa, que actualmente es de 10 a 100 UTM, por 10 a 500 UTM. Junto a ello, se define el comiso de los productos, por adulterar información de animales en el sistema de trazabilidad.

Mientras que, en procesos de exportación, la adulteración de datos, se sanciona con multas de 100 a 1.000 UTM y el comiso de los productos. Adicionalmente, serán sancionados con la prohibición de exportar entre tres a cinco años y, en el caso de ser reincidente, dentro de los cinco años siguientes a terminada la prohibición, la conducta será sancionada con la prohibición perpetua para exportar.

En caso de tratarse de una persona jurídica, la misma sanción recaerá sobre la o las personas naturales controladoras de dicha sociedad, así como con las demás sociedades que sean controladas por estas.

Los autores del proyecto son los diputados Harry Jürgensen (RN), Pedro Pablo Alvarez-Salamanca (UDI), Miguel Mellado (RN), Jaime Naranjo (PS), Diego Paulsen (RN), Jorge Sabag (DC), Frank Sauerbaum (RN), Ignacio Urrutia (PREP) y Cristóbal Urruticoechea (RN), además de la diputada Alejandra Sepúlveda (FRVS).

Debate

Dip. Jürgensen

El diputado Harry Jürgensen -principal autor de la iniciativa- fue el encargado de entregar el informe de la Comisión de Agricultura a la Sala.

Además, intervinieron los/a diputados/a Ignacio Urrutia, el citado Harry JürgensenAlejandra SepúlvedaIván Flores (DC) y Jorge Rathgeb (RN), quienes coincidieron en que las exportaciones han sido clave para garantizar la ganadería en el país y revitalizar la agricultura familiar campesina.

Por lo tanto, consideraron que se debe ser cuidadosos en la producción de la carne y sancionar conductas irresponsables a quienes adulteran la información del ganado, lo que puede afectar el cierre de mercados internacionales.