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Ñuble | Diguillín | Chillán - Publicado hace 1335 dias

Autoridades locales destacan ley que permite pensión anticipada para enfermos terminales

Autoridades locales destacan ley que permite pensión anticipada para enfermos terminales
#669 | 23 de Enero del 2021
Este viernes promulgada por el Presidente Sebastián Piñera, la ley que permite una pensión anticipada para personas con enfermedades terminales.

Para el intendente de Ñuble, Cristóbal Jardúa este nuevo marco legal ‘apoyará directamente a las personas que están viviendo una situación muy difícil al tener una enfermedad terminal, lo que sabemos no sólo los afecta a ellos, sino también a todo su entorno. Por eso, el Gobierno impulsó este proyecto, para entregarles mayor seguridad social. La iniciativa, que entrará en vigencia el 1 de julio, les permitirá acceder de una forma anticipada a los recursos que ahorraron durante toda su vida para una futura pensión, pero garantizando, entre otras cosas, una renta temporal por 12 meses. Sin embargo, el saldo restante, podrán retirarlo como excedente de libre disposición, para utilizarlos según sus necesidades, todo con el objetivo de permitirles enfrentar de mejor manera su condición’.

 

En esta línea, el seremi de Gobierno, Raúl Martínez, recalcó que se trata de ‘una medida importante para el país y para nuestra región, es una ley humanitaria y una opción para gente que ha sufrido mucho junto a sus familias; es un alivio para quienes viven esta dolorosa y traumática realidad.

 

Edmundo Novoa seremi (s) de Trabajo y Previsión Social, explicó que la ley alcanza a los afiliados activos en AFP; pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total, parcial, o sobrevivencia, bajo todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia y pensionados de la ley de Accidentes y Enfermedades Profesionales’.

 

¿Qué dice la ley?

 

Se entenderá por enfermo terminal toda persona con una condición patológica grave diagnosticada, progresiva e irreversible, sin tratamiento curativo o que permita modificar su sobrevida, o bien cuando los recursos terapéuticos utilizados han dejado de ser eficaces, y con una expectativa de vida inferior a 12 meses.

 

Para tramitar la pensión anticipada, la persona debe presentar a su AFP una solicitud de Certificación de Enfermo Terminal, acompañada de un certificado médico, firmado por su médico y el director del establecimiento. Una vez presentada, la AFP debe remitirla junto a los antecedentes del paciente al Consejo Médico en un plazo de 2 días hábiles. El Consejo tendrá un plazo de 5 días hábiles para notificar al afiliado y AFP su resolución.

 

La ley entrará en vigencia el 1 de julio de este año. Sin embargo, se dispondrá de un régimen transitorio para que, a partir de marzo, accedan al beneficio las personas afectadas por enfermedades terminales especialmente graves y estén dentro del programa de cuidados paliativos GES.