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- Publicado hace 1275 dias

Al Senado prorroga del beneficio que extingue multas por TAG

Legislativo Al Senado prorroga del beneficio que extingue multas por TAG
#1235 | 24 de Marzo del 2021
La iniciativa, que fue aprobada por amplia mayoría en la Sala, fue derivada a segundo trámite legislativo al Senado, para continuar allí con su análisis y discusión.

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 141 votos a favor y uno en contra, el proyecto de ley, iniciado en mensaje (boletín 14.096), que extiende hasta el 31 de diciembre de este año, la vigencia del beneficio de extinción de multas por circular un vehículo sin dispositivo electrónico de pago de peajes o tarifas.

El texto –informado a la Sala por el diputado de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, Marcos Ilabaca (PS)- modifica el artículo transitorio de la Ley N°21.213, que enmienda los cuerpos legales que indica para delimitar la infracción que consiste en circular un vehículo sin dispositivo electrónico de pago de peajes o tarifas.

En ese plano, establece que hasta el día 31 de diciembre de 2021, las multas aplicadas por infracción, que se encuentren asociadas a una misma placa patente en el Registro de Multas de Tránsito No Pagadas del Servicio de Registro Civil e Identificación, que hayan sido informadas a ese registro hasta el 30 de noviembre de 2019 y que no encuentren extinguidas por prescripción o pago a la fecha de publicación de esta ley, podrán ser extinguidas mediante el pago del menor monto entre el veinte por ciento del importe total de las multas antes referidas asociadas a la placa patente correspondiente o 100 Unidades Tributarias Mensuales.

En el debate de esta iniciativa, intervinieron los diputados Iván Flores (DC), Jaime Mulet (FRVS), Leopoldo Pérez (RN), Marcos Ilabaca (PS), Mario Venegas (DC), Jorge Rathgeb (RN), Amaro Labra (PC), Leonardo Soto (PS) y la diputada Claudia Mix (Comunes).

Este proyecto de ley pasó a segundo trámite constitucional al Senado.

Antecedentes de la iniciativa

La ley 21.213, del 29 de febrero de 2020, incorporó un inciso segundo nuevo al artículo 114 de la ley de Tránsito, delimitando el número máximo de multas que podría imponerse a los vehículos que transiten sin un dispositivo electrónico habilitado (comúnmente llamado TAG) u otro sistema complementario por un camino público con sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes, dentro de un día calendario.

Además, estableció que, si en un día calendario se cometen dos o más contravenciones a la prohibición dispuesta, solo se considerará la primera para todos los efectos legales, evitando así que el vehículo que circula sin TAG cometa una infracción por cada autopista por la que circula.

En segundo lugar, se definió que en virtud de las normativas vigentes, los Juzgados de Policía Local deben tener a disposición del público formularios para solicitar la prescripción de las multas indicadas.

La ley 21.213 estableció que este beneficio estaría vigente por 6 meses a contar de la fecha de su publicación. Es decir, hasta el 29 de agosto de 2020. Posteriormente, el 21 de septiembre de 2020 se publicó la ley Nº 21.268, que extendió el plazo de 6 a 10 meses desde la publicación de la primera normativa en el Diario Oficial.

El procedimiento que no fue objeto de modificaciones, consigna que la persona a cuyo nombre esté inscrito el vehículo deberá suscribir un convenio con la municipalidad donde renueve o pague en forma atrasada el permiso de circulación, pudiendo pactar el pago hasta en 24 cuotas mensuales expresadas en UTM, sin intereses, debiendo cancelar la primera cuota al suscribir el convenio.