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- Publicado hace 1348 dias

Comisión de Constitución aprueba un tercer retiro de fondos de pensiones

Legislativo Comisión de Constitución aprueba un tercer retiro de fondos de pensiones
#1418 | 14 de Abril del 2021
La instancia aprobó la propuesta que modifica la Constitución, en sus normas permanentes, y que faculta al Congreso Nacional a tener iniciativa para autorizar el retiro de fondos provisionales en estados de excepción por catástrofe.

La Comisión de Constitución aprobó una indicación sustitutiva, presentada por diputados de la oposición, a los dos proyectos de reforma constitucional (boletines 14073 y 14093) que establecen un retiro de fondos previsionales a través de una modificación a las normas permanentes de los capítulos 4 y 5 de la Carta Fundamental, que requiere para su aprobación en Sala de un quorum de 3/5 (92 votos a favor).

El debate, que se extendió por tres horas y media, concluyó con la aprobación por siete votos a favor y seis en contra de la nueva redacción que busca sortear los considerandos del Tribunal Constitucional en la tramitación del pasado proyecto de segundo retiro. Esto pese a que algunos parlamentarios de Chile Vamos se manifestaron a favor de aprobar el tercer retiro, pero no así de la redacción que la indicación propone.

De este modo, y tras la votación en contra de la única indicación presentada a los proyectos que tenían un carácter transitorio (boletines 13950, 14054 y 14095) se optó por regular esta materia en los artículos permanentes de acuerdo al detalle que explicó el diputado Matías Walker (DC):

  • En primer lugar, el texto agrega en el artículo 65 de la Constitución que “por la declaración del estado de excepción constitucional de catástrofe, la Cámara de Diputados o el Senado podrán ejercer la iniciativa para autorizar el retiro de los fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual de los cotizantes del sistema privado de pensiones, bajo la modalidad y condiciones que fije la presente Constitución o la ley. La moción no podrá generar gasto fiscal directo”.
  • Además, incorpora un artículo 41 bis que señala que “con la finalidad de mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, por única vez, autorizase a los afiliados del sistema privado de pensiones (…), de forma voluntaria, a retirar hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, la que se regirá conforme a la ley 21.295 con excepción del art. 10.

 

Dicha indicación fue suscrita por las y los diputados Marcos Ilabaca y Leonardo Soto del PS, Matías Walker (DC), Pamela Jiles (PH), René Saffirio (Ind.), Raúl Soto (Ind.), Camila Vallejo (PC) y Jaime MuletAlejandra Sepúlveda del FRVS y Diego Ibáñez (CS).

Otras Indicaciones presentadas

Por otra parte, y con posturas disímiles, se aprobó una indicación aditiva referida a los pensionados por rentas vitalicias, que podrán por una vez y de forma voluntaria adelantar el pago de sus rentas hasta por el monto equivalente al diez por ciento de los fondos originalmente traspasados a la respectiva compañía de seguros, estableciéndose como monto máximo de pago por adelantado 150 unidades de fomento.

La modificación, que busca considerar a cerca de 600 mil personas del sistema de rentas vitalicias, fue presentada por las y los diputados Karim Bianchi (Ind.), Alejandra Sepúlveda (FRVS), Camila Vallejo (PC), Raúl Soto (Ind.), Marcos Ilabaca y Leonardo Soto del PS.

Por otra parte, la instancia rechazó una indicación de las y los diputados del FRVS Jaime Mulet y Alejandra Sepúlveda que proponía la creación de un Fondo Complementario de Retiros Previsionales que se financiaría con aportes de empleadores y/o el Estado, para financiar los complementos de pensiones que sean necesarios para compensar los montos retirados por los afiliados. Esta norma proponía que el Presidente de la República presentara un proyecto de ley al respecto.

Reserva de Constitucionalidad

El ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, hizo presente la reserva de constitucionalidad señalando que se infringen varias normas constitucionales en la indicación sustitutiva aprobada y en lo referido a rentas vitalicias, señalando que se deja a miles de chilenos sin pensión a futuro y que el derecho a la seguridad social no puede presentar regresividad, entre otros puntos.

Los informes de ambos conjuntos de proyectos, reformas permanentes y transitorias, serán entregados a la Sala por el diputado Diego Ibáñez (CS) y Marcos Ilabaca, respectivamente.