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- Publicado hace 1284 dias

Diputado Carlos Abel Jarpa valoró avance de norma que regula venta, publicidad y consumo de bebidas alcohólicas

Legislativo Diputado Carlos Abel Jarpa valoró avance de norma que regula venta, publicidad y consumo de bebidas alcohólicas
#2177 | 17 de Junio del 2021
Parlamentario ñublensino es autor de una de las cuatro iniciativas refundidas en un solo texto que llevaban 14 años en tramitación. Desde ahora toda bebida de graduación alcohólica igual o mayor a 0.5 grados que esté destinada a su comercialización en Chile, deberá llevar en el envase que la contenga una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo.

Cabe consignar que las multas por infracción a la norma en materia de advertencia en los envases de las bebidas van desde las cinco a las 200 UTM, con el comiso de las bebidas. En tanto, la infracción por publicidad será sancionada con multas que van desde las 20 a las 200 UTA.

Por 132 votos a favor la sala de la Cámara de Diputados aprobó el día de ayer la normativa que establece modificaciones a la legislación sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas y quedó despachada para su revisión en el Senado.

La iniciativa, debatida de acuerdo a los textos definidos en una comisión mixta, busca regular la venta, publicidad y consumo del alcohol.

Dentro del texto legal se aprobó incluir una leyenda con frases que traten sobre los riesgos y consecuencias del consumo nocivo de alcohol, especialmente para poblaciones de riesgo, tales como embarazadas, menores de edad y conductores.

Asimismo, se establecen normas para la publicidad audiovisual y en televisión, esta última, que podrá realizarse solo entre las 22:00 y las 06:00 hrs. En tanto en las radios, se prohíbe la publicidad, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas entre las 16:00 y 18:00 hrs.

“Esta es una iniciativa que llevaba muchos años en el Congreso y que ahora está muy cercana en transformarse a ley. Es un avance dado que se prohíbe toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público, así como en actividades deportivas. También prohíbe cualquier forma de publicidad, de bebidas alcohólicas destinada a menores de edad y el ingreso de estos a cabarés, cantinas, bares, tabernas y discotecas cuando en ellas se expenda alcohol”, recalcó el legislador

Cabe consignar que las multas por infracción a la norma en materia de advertencia en los envases de las bebidas van desde las cinco a las 200 UTM, con el comiso de las bebidas. En tanto, la infracción por publicidad será sancionada con multas que van desde las 20 a las 200 UTA.

Del total de las sumas que ingresen por concepto de multas aplicadas, el 40 por ciento se destinará a los Servicios de Salud para el financiamiento y desarrollo de los programas de prevención, tratamiento y rehabilitación de personas que presentan un consumo perjudicial de alcohol.

El 60 por ciento restante se destinará a las municipalidades, para la fiscalización de dichas infracciones y para el desarrollo de los programas de prevención y rehabilitación estipulados en la presente ley.