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- Publicado hace 1264 dias

A Sala proyecto sobre trabajo a distancia para cuidado de niños/as en caso de pandemia

Legislativo A Sala proyecto sobre trabajo a distancia para cuidado de niños/as en caso de pandemia
#2435 | 07 de Julio del 2021
La iniciativa que establece como prioridad el trabajo a distancia para cuidado de niños y niñas menores de 12 años, o de personas con discapacidad en caso de catástrofe o pandemia, fue respaldada de manera contundente por la Comisión de Trabajo.

A Sala proyecto sobre trabajo a distancia para cuidado de niños/as en caso de pandemia

Las y los diputados de la Comisión de Trabajo aprobaron y despacharon a Sala el proyecto que establece como prioridad la labor a distancia de trabajadoras o trabajadores  con el objeto de además realizar el cuidado de niños y niñas menores de 12 años o de personas con discapacidad, en caso de declaración de estado de catástrofe  por calamidad pública o alerta sanitaria por epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa. (Boletín 14.002).

La Senadora Marcela Sabat, una de las promotoras del texto, expuso los fundamentos de la iniciativa y señaló que es importante despacharlo con celeridad, ya que es un pedido de miles de madres. Agregó que el tema debe aplicarse tanto en el sector privado en el que ya existe una regulación sobre el tema, como en el ámbito público donde es de alta necesidad, apuntó.

Las y los diputados se mostraron en todo momento a favor de la iniciativa y la respaldaron. No obstante hubo un fuerte debate tras el anuncio del Ejecutivo de presentar algunas indicaciones y de aclarar que el proyecto estaba pensado para el sector privado y no público. “Si estuviese pensado para el sector público habría que hacer un informe financiero porque implicaría costos”, señaló el Subsecretario de Previsión Social Pedro Pizarro.

El presidente de la instancia, Tucapel Jiménez (PPD) manifestó que el proyecto es de suma importancia. Sin embargo hizo hincapié en algunos reparos por parte de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF). La diputada Gael Yeomans (CS) y Marcelo Díaz (IND) señalaron que  “ellos plantean que hay temas relacionados al teletrabajo que no están normados y que el teletrabajo como tal no existe en el sector público, por ende planteaban que se reemplazara ese concepto por “trabajo a distancia” a pesar de hacer referencia a una misma actividad laboral.”

En tanto, el diputado Francisco Eguiguren (RN) dijo que este proyecto es positivo por el contexto social que estamos viviendo. “Es de alta necesidad por parte de muchas madres que están complicadas con el tema laboral y principalmente del sector público. La urgencia amerita una rápida tramitación”.

A pesar de todas las discusiones y análisis el texto fue despachado en las mismas condiciones con las que arribó desde el Senado.

Fundamentos

El texto con origen en una  moción de las senadoras Marcela Sabat, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ena Von Baer y Carmen Gloria Aravena modifica el Código del Trabajo con el fin de agregar un artículo en el que se incorpora la obligación de los empleadores de ofrecer a las y los trabajadores que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 12 años o de personas con discapacidad, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones, en caso de declaración de estado de catástrofe o pandemia.

Se indica que  ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta prerrogativa. Se agrega que si la autoridad declarara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, o una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, y adoptare medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos, el empleador deberá ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.

Todo por supuesto se podrá llevar a cabo en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan y sin reducción de remuneraciones. En este caso, el trabajador deberá entregar al empleador una declaración jurada de que dicho cuidado lo ejerce sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta. Se indica que la modalidad de trabajo se mantendrá vigente durante el período de tiempo en que se mantengan las circunstancias descritas anteriormente, salvo acuerdo de las partes y la misma regla del inciso primero se aplicará para aquellos trabajadores que tengan a su cuidado personas con discapacidad.

Permiso laboral por deceso

En otro ámbito, las y los diputados de la Comisión de Trabajo aprobaron en general el proyecto que extiende la duración del permiso laboral para trabajadoras y trabajadores, en caso de fallecimiento de padre, madre y de un hijo en período de gestación, e incorpora igual permiso en caso de fallecimiento de hermano. (Boletín 14.048).

El diputado Tucapel Jiménez (PPD) dijo que la idea es incluir los permisos en el caso de la muerte de una o un hermano y extender los permisos actuales a siete días. “Creo es de toda justicia agregar a las y los hermanos, puesto que obviamente no se trata de cuantificar el duelo, pero sin duda se trata de pérdidas lamentables.”

El texto fue respaldado por las y los diputados, sin embargo, desde el Ejecutivo se planteó la posibilidad de incluir el permiso mencionado, pero manteniendo los tres días actuales. Para algunos legisladores era preciso discutir un poco más a fondo el tema, razón por la cual el texto se aprobó en general y será analizado en particular, así como las respectivas indicaciones, en la próxima sesión.