Por la unanimidad de 122 votos, la Sala de la Cámara aprobó y despachó a segundo trámite, al Senado, el proyecto presentado por el Gobierno que concede beneficios a las y los trabajadores de la atención de salud primaria (boletín 13.989).
La propuesta, informada por los diputados Ricardo Celis (PPD) y Pablo Lorenzini (IND), tiene como objetivo dar una adecuada implementación a lo establecido en la Ley 20.858, de 2015, que pretendía dar cumplimiento a lo dispuesto en el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, para aumentar los contratos indefinidos de la dotación de personal de la salud primaria.
Frente a eso, el proyecto, que fue aprobado por unanimidad en las Comisiones de Salud y de Hacienda, establece que las entidades administradoras de salud municipal que, al 30 de septiembre de los años 2021 al 2023, tengan un porcentaje superior al 20% de su dotación de horas en calidad de contratados a plazo fijo, llamen a concurso interno para contratarlos de forma indefinida.
El artículo único de la iniciativa señala que tendrán derecho a participar en dichos concursos internos las y los funcionarios contratados a plazo fijo que, a la fecha del llamado a concurso, pertenezcan a la dotación de la respectiva entidad administradora de salud municipal y que hayan trabajado en ella durante, a lo menos, tres años, de forma continua o discontinua.
Para eso, la norma establece que también se considerarán los años en que la o el funcionario haya prestado servicios en calidad de honorarios para la respectiva entidad administradora de salud municipal, sujeto a una jornada de trabajo de 33 o más horas semanales.
El proyecto explica que los concursos serán realizados por las respectivas entidades administradoras, resguardando que se desarrollen en base a criterios de carácter técnico, objetivos y de transparencia, considerándose la calificación de quienes postulan, su experiencia y capacitación.
Además, la iniciativa detalla cómo se deberá dirimir en el caso de producirse empates en las postulaciones, privilegiando a las y los funcionarios que estén desempeñando las funciones del cargo al que postulan, a quienes tengan una mayor antigüedad en la dotación de atención primaria de salud de la comuna y a quienes posean la mayor antigüedad en atención primaria de salud municipal.
Finalmente, se señala que un reglamento, dictado por el Ministerio de Salud, establecerá los mecanismos y plazos para los llamados a concursos, los requisitos para la realización de sus distintas etapas, los responsables de llevarlos a cabo, su publicidad y la ponderación de los factores a evaluar, entre otras materias.
Las entidades administradoras de salud municipal deberán informar anualmente a la Subsecretaría de Redes Asistenciales y al respectivo Servicio de Salud, el número de horas de su dotación contratadas a plazo fijo, para conocer el estado de cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.