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- Publicado hace 1419 dias

Vuelve a comisión proyecto que protege tierras indígenas

Legislativo Vuelve a comisión proyecto que protege tierras indígenas
#593 | 15 de Enero del 2021
El proyecto que regula la imprescriptibilidad de la nulidad de los contratos que contravengan la protección de tierras indígenas, fue objeto de indicaciones que deberán ser vistas, en un segundo informe, por la Comisión de Derechos Humanos.

Por 63 votos a favor, 35 en contra y 13 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la idea de legislar de la moción que modifica el Código Civil para establecer la imprescriptibilidad de acción de nulidad absoluta de los contratos celebrados en contravención de las normas que protegen las tierras indígenas (boletín 12.457).

El propósito de la iniciativa es reforzar la acción de nulidad absoluta en la ley indígena (artículo 13), dándole el carácter imprescriptible a la acción de anular dichos actos y contratos, no limitándolas al plazo general de 10 años.

De acuerdo a ello, se modifica el artículo 1.683 del Código Civil agregando un inciso segundo que señala que “la nulidad absoluta que se origina en el incumplimiento de las normas sobre protección de tierras indígenas, establecida en la ley 19.253, será imprescriptible”.

La nulidad absoluta la puede solicitar cualquier persona indígena, fundada en el interés público inscrito en la protección de estas tierras. Además, se entenderá que tiene un interés actual la comunidad indígena cuyas tierras se vean afectadas por el acto que se pretende anular.

Desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se entenderá que la comunidad indígena cuyas tierras son afectadas por dicho acto o contrato tiene un interés actual comprometido.

En lo general, el Código Civil señala que la nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aun sin petición de parte, cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato; puede alegarse por todo el que tenga interés en ello, excepto el que ha ejecutado el acto o celebrado el contrato sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba; puede, asimismo, pedir su declaración el Ministerio Público en el interés de la moral o de la ley; y no puede sanearse por la ratificación de las partes, ni por un lapso de tiempo que no pase de diez años.

Moción

Entre los fundamentos del proyecto se citan hechos históricos sobre las tierras usurpadas por el Estado y las que fueron arrebatadas en forma inescrupulosa por algunos particulares y sobre la protección de ellas, lo que surge con el retorno a la democracia, en el acuerdo de Nueva Imperial y la posterior Ley Indígena.

En la normativa se establece, entre otras cosas, que las tierras indígenas por su interés nacional gozarán de protección, no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas ni adquiridas, salvo entre comunidades o por personas indígenas de una misma etnia.

Además, la moción se funda en los instrumentos internacionales sobre Derechos de los Pueblos Indígenas vigentes en Chile, en la propia la Ley Indígena N° 19.253, de 1993, y en los compromisos adquiridos por el Estado, sus instituciones y representantes desde 1989 a la fecha.

Los autores de la moción son las/os diputadas/os PS Emilia NuyadoJenny Álvarez y Raúl LeivaAmaro Labra (PC) y Esteban Velásquez (FRVS).

Debate

Luego de la lectura del informe de la Comisión de Derechos Humanos, intervinieron las/os diputadas/os Mario Venegas (DC), Emilia Nuyado (PS) y Amaro Labra (PC), quienes respaldaron la imprescriptibilidad de los contratos que contravengan la protección de las tierras indígenas, ya que, sostuvieron, muchos privados utilizan resquicios legales para quedarse con tierras que pertenecen a comunidades y los abogados hacen pasar el tiempo para que los contratos irregulares prescriban.

Esta situación afecta, principalmente, a terrenos de sectores turísticos en La Araucanía y Los Lagos, donde hay pérdida del patrimonio indígena mapuche.

Por el oficialismo, el diputado Diego Schalper (RN) se opuso a la moción porque, a su juicio, representa un “tremendo error jurídico” ya que el mecanismo empleado otorga mayor incerteza e incertidumbre a ambas partes. “Se va a producir una exacerbación de poseedores irregulares que no van a poder hacerse de sus tierras”, señaló.

Además, presentó una indicación al texto para que retornase a la Comisión de Derechos Humanos y se mostró partidario de que la iniciativa sea analizada también por la Comisión de Constitución.