Por unanimidad, la Tercera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Chillán dictó esta mañana veredicto condenatorio en contra de Ricardo Neira Arriagada, único acusado por el femicidio, con la agravante de alevosía, de Carolina Fuentes Bustos (42) y para quien el fiscal Álvaro Hermosilla Bustos pide el presidio perpetuo calificado.
La lectura de sentencia será dada a conocer a las 13 horas del viernes 28 de este mes. La Fiscalía aspira a la máxima sanción de nuestro ordenamiento jurídico, dadas las consideraciones que rodearon a este hecho: la situación de violencia permanente que ejercía el condenado sobre la víctima y sus acciones desplegadas tras la muerte, lo que implicó esconder su cuerpo e, incluso, implantar pruebas falsas.
Tras conocer el veredicto, el fiscal jefe de Análisis Criminal y Focos Investigativos, Álvaro Hermosilla, dijo que ‘su conducta debe merecer un reproche penal absoluto y mayor’.
A la víctima se le perdió todo rastro el 30 de junio de 2020 y su cuerpo apareció en la ribera norte del río Ñuble 95 días más tarde, el 5 de octubre de ese año. Ricardo Neira Arriagada fue formalizado por este femicidio cuatro días más tarde y desde esa fecha se ha mantenido en prisión preventiva.
Según la acusación de la Fiscalía, Ricardo Neira y la víctima mantuvieron, desde 2015, una relación sentimental e, incluso, en algún periodo convivieron entre ese año y 2016. Se conocieron en la etapa escolar, cuando fueron pololos, y años más tarde retomaron una relación que siempre estuvo teñida por la violencia.
La muerte de ella es el fin, precisamente, de esta violencia continua que incluyó golpes, amenazas e, incluso, existen antecedentes de que, al menos, en dos oportunidades el agresor habría tratado de asfixiar a Carolina, expuso el fiscal Hermosilla en el juicio.
El 15 de junio de 2020, la víctima viajó desde Santiago a Ninhue, en la Región de Ñuble, y estuvo en el hogar del imputado, en la comuna vecina de Portezuelo, entre el 25 y 30 de ese mes. Este último día, la pareja sostuvo una discusión, abordó la camioneta del acusado, para luego Ricardo Neira asfixiar a su pareja, mediante estrangulamiento, hasta darle muerte.
Entre los peritajes destacados está el referido a la geolocalización de los tráficos telefónicos, pues el imputado envió mensajes de texto a la familia de la mujer días posteriores a su desaparición, con los que pretendía hacer creer a los cercanos a la víctima que ella se había ido al sur. Sin embargo, la georreferenciación de los datos del teléfono de Carolina sitúa el aparato en el interior del domicilio del imputado.
Entre otros antecedentes expuestos en el juicio figura también una búsqueda en Google, realizada por el acusado en su teléfono, en el que se consulta cuánto tarda un cuerpo en descomponerse.
El Tribunal Oral en lo Penal de Chillán resaltó en su acta de deliberación que ‘la prueba testimonial pericial, registros de videos y audios, fotografías y la prueba documental que se rindió en juicio logró acreditar una serie de indicios que permitieron lógicamente establecer, en primer término, una dinámica de violencia intrafamiliar previa a su muerte.
Además, ‘se incorporaron antecedentes que dieron cuenta de una dinámica agresiva por parte de Neira Arriagada en contra de Carolina Fuentes Bustos, asimismo como la conducta de éste posterior al fallecimiento de la mujer que evidenció un ánimo de ocultar, bajo su desaparición, su muerte, así como su real participación en los hechos’.
El tribunal planteó que lo anterior, unido a otros antecedentes incriminatorios, ‘en conjunto revisten los caracteres de seriedad, precisión y gravedad necesarios para concluir, de manera unívoca y más allá de toda duda razonable, que el autor de la muerte de doña Carolina Fuentes Bustos fue el incriminado Ricardo Neira Arriagada’.