Con la participación del director del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Horacio Bórquez y el jefe de la División de Protección Pecuario, Óscar Videla, la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputadas y Diputados inició el estudio del proyecto que modifica la ley N°19.162, para aumentar las sanciones a quienes adulteren o falsifiquen información en el sistema de trazabilidad del ganado y la carne (boletín 13805).
La citada ley estableció un sistema obligatorio de clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura de carnes y reguló el funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne.
Al respecto, el director del SAG precisó que es fundamental cumplir con los requisitos de trazabilidad, ya que están en los acuerdos sanitarios que Chile, a través del Servicio Agrícola Ganadero y del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha firmado con los países en convenio.
Por ello, entregó como sugerencia del servicio para incluir en esta propuesta legal, que las nuevas sanciones que propone el proyecto de ley, “se den cuando en procesos de exportación se incurra en infracciones a la ley, pero que solamente se relacionen con la salud animal o la trazabilidad, que son los aspectos directamente relacionados en los procesos de exportación”, añadió.
La iniciativa, moción presentada por un grupo transversal de parlamentarios, señala que en los últimos años los productores de carne han desarrollado un importante trabajo para impulsar las exportaciones y posicionar a la carne chilena a nivel internacional, en especial en el mercado chino.
Pero, a pesar de la regulación existente, algunas personas han tenido un actuar reprochable, poniendo en peligro la imagen país y el prestigio y seriedad de nuestras exportaciones, al adulterar información de los animales en el sistema de trazabilidad SIPEC.
La normativa actual establece para esta falta una sanción que va a 10 a 100 UTM y el comiso del producto, la que es considerada baja por los autores del proyecto, comparado al daño a otros productores y el país.
De acuerdo a lo anterior, la iniciativa plantea aumentar la multa máxima a 500 UTM, “a quien infrinja las normas sobre salud animal en los mataderos, trazabilidad del ganado y carne o clasificación de ganado, tipificación de sus canales y nomenclatura de corte, y el que, en el proceso de comercialización, cambie, adultere o elimine una tipificación o nomenclatura ya efectuada”.
Además, estipula que quien realice las mencionadas conductas en un proceso de exportación será sancionado con multa de 100 a mil UTM y con el comiso de los productos.
Adicionalmente, serán sancionados con la prohibición de exportar entre 3 a 5 años. En caso de ser reincidente dentro de los 5 años siguiente a terminada la prohibición, se les sancionará con la prohibición perpetua para exportar.