Por 137 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones, la Cámara de Diputas y Diputados aprobó el proyecto de ley que establece la calidad recíproca de carga familiar entre ambos cónyuges para efectos de las prestaciones de salud que otorga la ley (boletín 11294).
La iniciativa consiste en establecer una interpretación auténtica del concepto de carga familiar, declarando que debe entenderse a cualquiera de los cónyuges, respecto del otro, para recibir los beneficios de los regímenes público y privado de salud.
Según la moción presentada por la diputada Maya Fernández (PS), aprobada por unanimidad en la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, el problema se origina en la imposibilidad de que “el” cónyuge pueda ser considerado carga de “la” cónyuge.
Hasta hoy, un hombre solo puede ser carga de la mujer, en caso de invalidez.
La norma contiene un artículo único que consiga que, para los efectos de los citados regímenes público y privado de salud, se entenderá que el matrimonio celebrado en la forma establecida por la ley permitirá a cualquiera de los cónyuges ser carga del otro.
Por ser objeto de indicaciones, la iniciativa vuelve a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género para su discusión en particular.
Participaron en el debate las diputadas Erika Olivera (IND), Sandra Amar (IND), Marisela Santibáñez (PC), Marcela Sandoval (RD), Maite Orsini (RD), Maya Fernández (PS) Karol Cariola.