Por 8 votos a favor y 1 abstención, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó la idea de legislar del proyecto que modifica la ley de Tránsito, para sancionar al conductor de vehículos motorizados que causare daños o lesiones a quien se traslade en bicicleta u otros ciclos, (boletín 13975).
La iniciativa establece que el que conduzca u opere un vehículo motorizado y:
El proyecto agrega que, en caso de reincidencia, el infractor sufrirá, además de la pena que le corresponda, la suspensión de la licencia para conducir por el tiempo que estime el juez, el que no podrá ser inferior a 48 ni superior a 72 meses.
La instancia parlamentaria acordó fijar para el próximo lunes 19 de abril el plazo para presentar indicaciones a la normativa, previo al debate de su articulado.
La instancia inició, además, la discusión de dos proyectos que modifican la Ley de Tránsito para disponer que los funcionarios de la salud tengan libre acceso al transporte público de pasajeros, durante el estado de excepción constitucional de catástrofe por pandemia de Covid-19 (boletines 13499 y 13865).
En la oportunidad el subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez, planteó reparos a la iniciativa.
Consideró que, si bien persigue un objetivo loable, su implementación irrogaría gastos al obligar el pago de un subsidio al gremio del transporte para cubrir las pérdidas que significaría la medida.
El grupo legislativo solicitará refundir ambas mociones y las continuará analizando en una próxima sesión. Parra ello acordó invitar a representantes de los gremios de salud y del transporte de pasajeros, para que entreguen su visión respecto del texto.