Restituir el voto obligatorio en las elecciones populares celebradas en nuestro país es el objetivo de la reforma constitucional aprobada hoy en general por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, por 107 votos a favor, 16 en contra y 23 abstenciones.
De acuerdo al informe de la Comisión de Gobierno Interior, rendido por la diputada Joanna Pérez (DC), la iniciativa modifica el artículo 15 de la Constitución Política que define la forma en que se realizarán las votaciones populares. Hoy, la norma expresa que el sufragio será personal, igualitario, secreto y voluntario. Por efecto de la presente reforma, se cambia el término “voluntario” por “obligatorio”.
El proyecto, además, determina como excepción que la obligatoriedad no será aplicable a los mayores de 75 años, así como tampoco a las personas en situación de discapacidad o dependencia.
También estarán excluidos de dicha obligación los ciudadanos chilenos con residencia en el extranjero y los ciudadanos extranjeros avecindados en Chile que estuviesen habilitados para sufragar.
Asimismo, indica que el sufragio en elecciones primarias convocadas en virtud de la ley orgánica constitucional que las regule será siempre de carácter voluntario y determina que el Estado arbitrará las acciones necesarias para informar, facilitar e incentivar el ejercicio del derecho a sufragio.
Por último, la reforma agrega un nuevo artículo transitorio que especifica que la citada obligatoriedad del voto regirá al momento de modificarse la ley orgánica constitucional respectiva.
En el debate, las expresiones fueron de amplio respaldo transversal a la propuesta, entendiendo que es una forma para restituir la representatividad en la democracia, aparejando derechos con deberes de la ciudadanía. Asimismo, se manifestó la necesidad de efectuar acciones complementarias para facilitar el sufragio, por ejemplo, por medio de entregar transporte gratuito y definir los lugares de votación en concordancia con la cercanía de la residencia de los votantes.
La propuesta, por ser objeto de indicaciones, volverá a la Comisión de Gobierno Interior para su análisis en particular.
La propuesta hoy debatida fue iniciada en dos mociones refundidas: la presentada (boletín 13212) por la diputada Alejandra Sepúlveda (FRVS) y los diputados René Alinco (IND), Jaime Mulet (FRVS) y Esteban Velásquez (FRVS); y la originada (boletín 13213) por las diputadas Natalia Castillo (IND), Daniella Cicardini (PS), Marcela Hernando (PR), Carmen Hertz (PC), Érika Olivera (IND), Ximena Ossandón (RN), Andrea Parra (PPD), Catalina Pérez (RD) y Joanna Pérez (DC), junto al diputado Pepe Auth (IND).
Según se recuerda en el informe, el 4 de abril de 2009 se publicó en el Diario Oficial la Ley 20.337, que modificó los artículos 15 y 18 de la Carta Fundamental con el objeto de consagrar el sufragio como un derecho de los ciudadanos, junto don definir la inscripción automática en los registros electorales y el voto voluntario.
Luego, fue la Ley 20.568, que regula la inscripción automática, modifica el Servicio Electoral y moderniza el sistema de votaciones, publicada en el Diario Oficial el 31 de enero de 2012, la que materializó la citada reforma constitucional de 2009, eliminando la sanción asociada al incumplimiento de la obligación de votar.
La primera elección con voto voluntario fue la municipal de octubre de 2012 y la última la última la registrada los días 15 y 16 de mayo, recién pasados