Aprueban legislar sobre acceso a montañas y altas cumbres
Chile tiene el privilegio de estar al pie de una de las cordilleras más majestuosas del mundo” destaca en sus fundamentos el proyecto de ley que establece normas sobre acceso a territorios de alta montaña o de altas cumbres (boletín 12460), aprobado en general y por unanimidad por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
La iniciativa fue presentada por el diputado Sebastián Torrealba (RN), quien propone establecer como un derecho el acceso a las áreas de altas cumbres de montaña que se ubiquen en terrenos fiscales a lo largo del territorio nacional.
Además, establece que este acceso se deberá ejercer cumpliendo las obligaciones que dictamine la ley y sus reglamentos, en forma consciente y responsable, velando siempre por el cuidado y la preservación del medio ambiente y el buen uso de los bienes públicos y privados que puedan verse afectados al momento de acceder a la montaña.
Propuesta parlamentaria
En concreto, la iniciativa propone un conjunto de principios para conformar un marco general para el ejercicio y limitaciones del derecho de acceso, el cual debe ser consciente, responsable, informado y educado; ceñidos a los lineamientos establecidos en la Política Nacional de Montaña.
Asimismo, deber ser seguro, para evitar accidentes y protegiendo y conservando el medio ambiente; junto con fijar principios de gradualidad en su implementación.
Para ello, define los conceptos de Territorio de alta montaña o de altas cumbres y Vía de Acceso:
El acceso a las cumbres principales de propiedad fiscal será facilitado siempre que se demuestre un interés deportivo, cultural, científico o turístico por parte de la comunidad y que no existan otras vías o caminos públicos. Además, la propuesta define que esto sólo se podrá realizar utilizando medios no motorizados de desplazamiento.
En cuanto a los accesos a territorios de alta montaña que integran el Sistema Nacional de Áreas Silvestres protegidas del Estado, se deberán respetar los principios de conservación y de protección del medio ambiente.
Los accesos a territorios de alta montaña de propiedad fiscal, a cargo del Ministerio de Bienes Nacionales, serán administrados por instituciones públicas o privadas que demuestren el poder otorgar un acceso seguro y responsable al territorio.
El derecho de acceso a la montaña podrá invocarse en consideración a la función social de la propiedad y se tendrá especial consideración a las solicitudes para el desarrollo de actividades deportivas, científicas y de turismo, siempre de carácter transitorias.
Por último, la propuesta legal plantea normas en materia de responsabilidad de los propietarios de terrenos de montaña y colindantes a ellos, ante eventuales lesiones, daños y perjuicios materiales que afecten a las personas que acceden a la montaña y crea un Catastro de Accesos.